Subsecretaría de Derechos Humanos de las Personas privadas de la Libertad
Mediante Acuerdo Nº 4064 la Suprema Corte de Justicia creó, en su ámbito, la Autoridad de Implementación y Seguimiento del Programa de Cumplimiento de la Sentencia y dispuso, en ese marco, que la Subsecretaría de Derechos Humanos de las personas privadas de la libertad actúe bajo su dependencia. Posteriormente, a través del Acuerdo Nº 4078, se redefinieron las funciones de dicha Subsecretaria, las que quedaron circunscriptas a las siguientes:- Recibir los informes producidos en cumplimiento del régimen de visitas a unidades carcelarias, comisarías y establecimientos que alojan a jóvenes en conflicto con la ley penal y sistematizarlos de manera de permitir el control y seguimiento de las condiciones de detención en los distintos establecimientos.
- Mantener actualizados los registros de visitas institucionales; de habeas corpus por agravamientos a las condiciones de detención; de personas internadas por padecimientos mentales bajo el control de legalidad del Poder Judicial; de veredictos y sentencias dictados por casos de torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes; y de fallecimientos en contextos de encierro.
- Proponer el diseño del registro de clausuras de dependencias policiales, y -en caso de su implementación- proceder a su actualización.
- Proponer modificaciones con el objetivo de que los registros mencionados optimicen sus funcionalidades a tenor de lo previsto en el Acuerdo Nº 4064.
- Recepcionar información de la Defensoría del Tribunal de Casación Penal relativa al Banco de Datos de Casos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes que lleva el Ministerio Público, evaluarla y proponerlas acciones que propendan a la protección de las personas privadas de la libertad.
Asiento: La Plata – Partido: La Plata – Dpto: La Plata
Dirección: Calle 41 Nº 540 entre 5 y 6 – 4to piso – CP 1900
Teléfono: Conmutador (0221) 410-4400 interno 64427
Correo electrónico: subsec-derechoshumanos@scba.gov.ar
Subsecretario: Dr. Martín Daniel Lorat
Abogado Inspector: Dra. María Belén Gómez Bossi
Abogado Adscripto: Dr. Jorge Augusto Weber