Res. S.C. 2240/23 Monitoreo Electrónico

La Suprema Corte de Justicia puso en conocimiento de todos los órganos jurisdiccionales del Fuero Penal la información suministrada por la Dirección Provincial de Alternativa de la Pena y Video Vigilancia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos que estimen corresponder.

Asimismo, recomendó a los órganos jurisdiccionales que no requieran el informe de factibilidad técnico a la Dirección de Monitoreo Electrónico hasta tanto no hayan resuelto favorablemente el arresto domiciliario, salvo casos que debidamente justificados, ameriten requerir el informe con antelación al decisorio.